Artículo 111.- Comando de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú Está conformado por todos los ex Comandantes Generales de la Fuerza Aérea del Perú que acepten integrar el Consejo, a invitación del Comandante General y por el Secretario General que actuará como Secretario del Consejo, quedando en suspenso esta integración en tanto se encuentren desempeñando función pública electiva, por nominación o como servidores o funcionarios públicos o tengan militancia política partidaria. Finalmente, fue aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 003-2020-del 15 de marzo pasado. 75.2 Generar una cultura de investigación científica y otorgar en nombre de la nación, los grados académicos y títulos de nivel universitario e inscribirlos en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores. Artículo 68.- Escuela de Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú “Capitán FAP José Abelardo Quiñones Gonzales”      Son funciones específicas del Órgano de Control Institucional de la Fuerza Aérea del Perú las siguientes: 30.1 Efectuar control preventivo sin carácter vinculante, con el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas e instrumentos de control interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinión que comprometa el ejercicio de su función, vía control posterior. SEGUNDA.- Funciones específicas estándares para unidades orgánicas de segundo y tercer nivel organizacional de la Fuerza Aérea del Peru 22.9 Garantizar el funcionamiento de las Oficinas de Asistencia al Personal del Servicio Militar. 8.14 Formular, normar, coordinar, conducir y supervisar las políticas de gestión institucional, requeridas para la preparación, formación, capacitación, especialización, perfeccionamiento, entrenamiento, mantenimiento y equipamiento del Componente Aéreo de las Fuerzas Armadas del Perú. CONCORDANCIAS: D.S. 125.2 Proporcionar protección y seguridad al Alto Mando. Son funciones específicas de la Escuela de Formación de Pilotos de la Fuerza Aérea del Perú Nº 51: 121.1 Brindar instrucción de vuelo primaria, básica y avanzada al personal de Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú como Pilotos Militares. 22.5 Formular las normas que resulten necesarias, para el eficaz funcionamiento del régimen disciplinario.      Son funciones específicas de la Dirección de Información e Intereses Aeroespaciales de la Fuerza Aérea del Perú: 98.1 Administrar el Sistema de Información de la Fuerza Aérea del Perú, así como supervisar los subsistemas y procesos en el área de su competencia. Es más si como consecuencia de ese ataque falleciesen personas no vinculadas a Sendero Luminoso (población civil), el juez tendrá que evaluar si ese daño incidental (colateral) no era excesivo con relación a la ventaja militar que se pretendía al destruir ese objetivo militar.      El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Defensa. <> 54.2 Almacenar y abastecer a las Unidades de la Fuerza Aérea del Perú del material de guerra y equipos conexos, para el cumplimiento de los planes de operaciones y planes de entrenamiento. 30.12 Formular y proponer al Comandante General, el presupuesto anual del Órgano de Control Institucional, para su aprobación correspondiente. 89.4 Planear, organizar, supervisar y controlar las actividades para asegurar la interoperabilidad, monitoreo y conectividad de las redes de comunicaciones. Realizando acciones militares en otras situaciones de violencia (OSV), en zonas declaradas en estado de emergencia en las que las FFAA han asumido el control del orden interno.      Son funciones del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú las siguientes: 10.1 Dirigir, coordinar y controlar el funcionamiento del Estado Mayor General. Artículo 145.- Material de Reserva Décret exécutif n° 08-363 du 8 novembre 2008 modifiant le décret exécutif n° 06-139 du 15 avril 2006 fixant les conditions et les modalités d'exercice des activités de remorquage, de manutention et d'acconage dans les ports.      La Dirección de Economía es la unidad orgánica técnico administrativa dependiente del Estado Mayor General, responsable de ejecutar los recursos presupuestales por toda fuente de financiamiento, así como desarrollar las actividades económicas y financieras de la Institución, garantizando el cumplimiento de la legislación vigente sobre la materia. 32.7 Promover, atender e intervenir, en los procesos de conciliación extrajudicial, así como transigir o desistirse de las demandas, previa Resolución Autoritativa de la Institución, cuando corresponda.      La Fuerza Aérea del Perú, en el marco de sus competencias, cumple las siguientes funciones: 4.1 Garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República, en el ámbito de su competencia. Artículo 87.- Funciones específicas El presente Decreto Legislativo tiene por objeto promover el financiamiento de la reposición de los fondos de capital de trabajo de las empresas que enfrentan pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios, a efectos de asegurar la continuidad en la cadena de pagos en la economía nacional.      La Dirección de Administración de Personal es la unidad orgánica técnico administrativa dependiente de la Dirección General de Personal, responsable de realizar la obtención, empleo, desarrollo, control, mantenimiento de la disciplina, evaluación del desempeño, separación del servicio y otorgamiento de remuneraciones, compensaciones y pensiones del personal militar y civil de la Fuerza Aérea del Perú; así como la supervisión del personal militar de la Fuerza Aérea del Perú que cumple reclusión. 1. Resolución de la Comandancia General de la Marina 0614-2018 ver PDF. 32.19 Otras, que le asigne el Comandante General y las señaladas por norma expresa. Artículo 17.- Funciones específicas 8.15 Disponer y supervisar que se ejecuten las actividades para el control, vigilancia y defensa del espacio aéreo del país. Open Access (elektronisch) The Mercury - February 1909 ; Gettysburg College Mercury; College Mercury; Mercury (1909) in: http://gettysburg.cdmhost.com/cdm/ref . 131.4 Realizar la preparación y participación del personal de defensa aérea en asuntos aeronáuticos con organismos nacionales y la organización de aviación civil internacional. Artículo 142.- Personal Militar 110.2 Administrar el funcionamiento de los servicios del Cuartel General. Asimismo el decreto legislativo establece que por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) se aprueba el otorgamiento de la garantía, en los términos y condiciones que establezca el Reglamento Operativo del Programa. El gerente general de la sociedad o quien haga sus veces con las mismas facultades, con mandato inscrito vigente, presenta al registro una solicitud confirma certificada notarialmente en la cual declara bajo juramento que la sociedad se encuentra en prolongada inactividad por lo menos durante un lapso de tres (3) años precedentes a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo. Artículo 124.- Base Aérea Las Palmas 19.5 Difundir las publicaciones normativas institucionales aprobadas por el Comandante General. 112.5 Determinar y asignar los medios aéreos requeridos para la presencia del Estado peruano en el Continente Antártico. En la solicitud se declara que la sociedad no se encuentra inscrita en el RUC, o que habiendo estado inscrita en el RUC, no emitió comprobante de pago ni se le emitió alguno; no ha presentado declaraciones determinativas o informativas a la SUNAT; que no tiene deudas tributarias pendientes de pago; no se encuentra incursa en procedimientos de fiscalización o verificación, reclamación, apelación, en una demanda contencioso administrativa, en un proceso de amparo u otro referido a la deuda tributaria, en curso. Asimismo, tales empresas deben estar clasificadas en el Sistema Financiero, a igual fecha en la central de riesgo de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), en la categoría de “Normal” o “Con Problemas Potenciales” (CPP). 112.10 Participar a través de sus Unidades subordinadas en el control del orden interno y en los estados de excepción, así como en las operaciones y acciones de apoyo al desarrollo económico y social del país y la defensa civil.      La Escuela de Supervivencia en la Montaña es la unidad orgánica técnico administrativa dependiente de la Dirección General de Educación y Doctrina, responsable de capacitar, perfeccionar y entrenar en técnicas de supervivencia en la montaña al personal militar y civil de la Fuerza Aérea del Perú, así como al personal autorizado; mantener entrenada, preparada y equipada las Brigadas de Búsqueda y Salvamento Aeronáutico, en una cultura de calidad e innovación, valores, competencias y estándares de seguridad adecuadas, a fin de garantizar su eficiente desempeño y asegurar la vida de las personas en condiciones adversas. 2 0 obj Estos principios son distintos a los principios del DIDH, aun cuando dos de ellos se denominen igual (necesidad militar y proporcionalidad). 32.5 Atender los procesos en trámite y ejecución seguidos ante el Fuero Militar Policial, así como los procedimientos seguidos ante los Juzgados Administrativos de Tránsito Militar en los que la Institución sea parte. 32.8 Delegar la representación en juicio a los abogados de la Procuraduría; a los miembros del Cuerpo Jurídico Militar de las Instituciones de las Fuerzas Armadas; y, abogados de las oficinas de Asesoría Legal de las Unidades a nivel nacional, cuando las circunstancias lo ameriten para la mejor defensa jurídica del Estado. 52.2 Ejecutar las obras programadas por administración directa; controlar y supervisar las obras por contrata, asumiendo en caso necesario la administración controlada; así como efectuar el mantenimiento mayor de la infraestructura e instalaciones de las Unidades de la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 13.- Funciones específicas 39.5 Disponer el despliegue de personal y material para el establecimiento de hospitales de campaña en las zonas determinadas por la Institución. 129.4 Realizar la reingeniería de procesos que soporte las aplicaciones informáticas del Sistema de Comando y Control de la FAP, con el fin de satisfacer los nuevos requerimientos operacionales para el cumplimiento de las funciones de la FAP. 112.6 Realizar la preparación y desarrollo de la fuerza asignada, para el cumplimiento de las funciones de la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 143.- Personal Civil Artículo 40.- Dirección de Bienestar 10,000,000.00. 30.19 Mantener absoluta reserva respecto de la información clasificada obtenida en el ejercicio de sus actividades. 17.2 Formular dictámenes y recomendaciones en los asuntos legales sometidos a su consideración. 89.7 Proponer políticas para la interoperabilidad e integración de las capacidades operacionales de su competencia, con las capacidades militares de las otras Instituciones Armadas y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Artículo 118.- Escuela de Aviación Civil Se dispuso la modificación del numeral 6. Si sigues utilizando este sitio asumiremos que estás de acuerdo. Aprueban el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la PolicIa Nacional del PerU DECRETO SUPREMO N° 026-2017-IN.      Son funciones específicas de la Dirección de Reserva y Movilización: 43.1 Administrar las actividades de las Oficinas de Registro Militar a nivel nacional, a fin de organizar y mantener el archivo central del Registro de Inscripción Militar, participando también en tiempo de paz en el planeamiento y preparación de la movilización. Por Reglamento se regulan las condiciones y el procedimiento para el uso de los días fraccionados. 28.4 Formular las sugerencias que considere pertinentes, a fin de coadyuvar a la administración de la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 115.- Funciones específicas Domingo 15 de octubre de 2017. 4.8 Conducir y desarrollar el Sistema de Vigilancia Amazónico y Nacional. 92.5 Desarrollar operaciones disuasivas y defensivas en el ciberespacio empleando la infraestructura de tecnologías de información. 90,001.00 hasta S/. 64.2 Desarrollar hasta el nivel de prototipo los proyectos de investigación y desarrollo en el campo de la ciencia y tecnología aeroespacial. Artículo 108.- Funciones específicas Para, tal efecto, el registrador verifica que sobre la partida, registral de la sociedad no conste título pendiente de, 8.2. 115.2 Realizar las operaciones y acciones dispuestas por la Superioridad.      La Escuela de Supervivencia en la Selva es la unidad orgánica técnico administrativa dependiente de la Dirección General de Educación y Doctrina, responsable de capacitar, perfeccionar y entrenar en técnicas de supervivencia en la selva al personal militar y civil de la Fuerza Aérea del Perú, así como al personal autorizado; mantener entrenada, preparada y equipada las Brigadas de Búsqueda y Salvamento Aeronáutico, en una cultura de calidad e innovación, valores, competencias y estándares de seguridad adecuadas, a fin de garantizar su eficiente desempeño y asegurar la vida de las personas en condiciones adversas. 115.3 Participar en el control del orden interno y en los estados de excepción, así como en las operaciones de apoyo al desarrollo económico y social del país y la defensa civil en su jurisdicción. 10.6 Supervisar el cumplimiento de los objetivos institucionales y la evaluación de las metas de gestión para el logro de los mismos en el corto, mediano y largo plazo. 3.5. 30 millones de soles que serán colocados por la ESF, a partir de la vigencia del Reglamento Operativo del Programa REACTIVA PERÚ (aún no aprobado) y hasta el 30 de junio de 2020, a efectos de asegurar la continuidad en la cadena de pagos en la economía nacional. Decreto Legislativo N° 1427 : Artículo 8. 117.2 Realizar el procesamiento, análisis, extracción de datos espaciales, interpretación, despliegue y almacenamiento de la información geoespacial obtenida por sensores remotos, formadores de imágenes e instrumentos de geomensura. DECRETO SUPREMO Nº 008-2002-TR . 134.5 Fomentar reuniones de trabajo, cooperación y coordinación con los representantes de las autoridades aeronáuticas del país, a fin de tratar temas referidos al control del espacio aéreo nacional. Artículo 116.- Dirección de Vigilancia y Reconocimiento Aéreo 08.3.9 Escuela de Supervivencia en el Mar. Guarda mi nombre, correo electrónico y web en este navegador para la próxima vez que comente. CAPÍTULO VII 8.16 Disponer acciones para el adecuado desarrollo de las actividades de inteligencia orientadas a la seguridad y defensa nacional en el ámbito de su competencia. El tópico pri. Artículo 92.- Funciones específicas Es desempeñado por un Teniente General, designado por el Presidente de la República entre los tres (03) Tenientes Generales de mayor antigüedad en el Escalafón de Oficiales en actividad, para lo cual no se considera, de ser el caso, al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; otorgándosele la denominación distintiva de General del Aire, mientras desempeñe el cargo. Es una unidad ejecutora del Ministerio de Defensa. El procedimiento es de evaluación previa y está sujeto a silencio negativo.      Son funciones específicas de la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea del Perú: 103.1 Dirigir el Sistema de Inteligencia de la Fuerza Aérea del Perú, así como supervisar los subsistemas y procesos en el área de su competencia. En este primer título el reglamento tiene la virtud de estandarizar la doctrina militar referida al empleo de la fuerza e introducir conceptos jurídicos relativos al derecho operacional[3], tales como targeting, validación de ataques a objetivos militares, evaluación jurídica de las operaciones, etc. Artículo 1.- Naturaleza Jurídica Artículo 71.- Funciones específicas Está conformado por el Jefe del Estado Mayor General, el Inspector General, los Comandantes de Fuerza, los Directores Generales y por el Secretario General que actuará como Secretario del Consejo. Impresionante: Jesús María tiene modelo de ecoparque hecho con residuos, ¿Piensas ingresar al servicio diplomático? Vencido el plazo de vigencia de la anotación, preventiva, el gerente general de la sociedad o quien, haga sus veces con las mismas facultades, con mandato, inscrito vigente, solicita la inscripción de la extinción, mediante documento privado con firma certificada, notarialmente, acompañando copia simple del aviso, publicado en el diario oficial El Peruano a que se refiere el, 8. 2.4 Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. 45.4 Realizar las acciones para el mantenimiento y equipamiento del componente aéreo. 5.      El Consejo Superior es convocado y presidido por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú. El Registrador, dentro del plazo previsto en el Reglamento General de los Registros Públicos, califica los requisitos y documentos señalados en el párrafo precedente y procede a la inscripción de la extinción de la sociedad. 09.1.8 Escuela de Formación de Pilotos de la Fuerza Aérea del Perú Nº 51. R7�$K�3���H�W�p~ӫ�:�����b��ƥ�����;::�3��|��!�S_�λ���x�h�d�����F:�ǂ�[��g��ߢ�N�9��5j�_� ޼Eҋ�ĥ/��L��. Artículo 29.- Órgano de Control Institucional de la Fuerza Aérea del Perú El Peruano Viernes 14 de marzo de 2014 518829 De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto según Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012EF; y el Anexo B: Cuotas . 30.16 Promover la capacitación permanente del personal que conforma el Órgano de Control Institucional, incluida la Jefatura, a través de la Escuela Nacional de Control o de cualquier otra Institución Universitaria o de nivel superior con reconocimiento oficial en asuntos vinculados con el control gubernamental, la Administración Pública y aquellas materias afines a la gestión de las organizaciones públicas. ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO / TREBEP / REAL DECRETO LEGISLATIVO 5/2015 / LEGISLACIÓN ACTUALIZADA PARA PROFESIONALES, ESTUDIANTES Y OPOSITORES Les presento la última edición actualizada (enero 2023) del texto consolidado del ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO (TREBEP), redactado conforme Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto . ¡Cuidado con las estafas y fraudes online! TÍTULO II You can update your choices at any time in your settings.      La creación, activación y desactivación de las unidades orgánicas de la Fuerza Aérea del Perú, a partir del cuarto nivel organizacional, se efectuará por Resolución Ministerial, a propuesta del Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú. MINISTERIO DE AGRICULTURA . Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1139, Ley de la Fuerza Aérea del Perú. 90,000.00: Cubierto al 98%. Artículo 74.- Escuela Superior de Guerra Aérea      El Servicio de Intendencia es la unidad orgánica técnico administrativa dependiente de la Dirección General de Logística, responsable de proporcionar el aprovisionamiento y apoyo logístico relacionado con la alimentación, vestuario, prendas y accesorios para el personal militar y civil de la Fuerza Aérea del Perú de acuerdo con la legislación y normatividad vigente, así como de mobiliario, equipos electrodomésticos y servicios menores para las Unidades de la Fuerza Aérea del Perú. Contribuir en el desarrollo de las Capacidades Fundamentales y Operacionales, en el área de su competencia. Artículo 34.- Funciones específicas 103.2 Planear, organizar, supervisar y controlar las operaciones, acciones y actividades de búsqueda, evaluación y análisis de la información, necesarias para la producción de inteligencia aeroespacial. 119.4 Coordinar con la Dirección de Reserva y Movilización de la Fuerza Aérea del Perú, sobre los requerimientos relacionados con la reserva aérea. 113.11 Dirección de Meteorología Aeronáutica. Compartir. 08.5 Dirección de Información e Intereses Aeroespaciales de la Fuerza Aérea del Perú: 08.6 Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea del Perú: 08.6.2 Centro de Inteligencia Aerotécnica. Artículo 76.- Escuela de Capacitación y Perfeccionamiento de la Fuerza Aérea del Perú      La Dirección de Inteligencia es el órgano técnico normativo dependiente de la Comandancia General, responsable de planificar y conducir las operaciones, acciones y actividades de inteligencia, contrainteligencia y seguridad militar en el ámbito de su competencia, a fin de producir inteligencia aeroespacial que permita proveer el conocimiento anticipado de las amenazas y riesgos y contrarrestar sus efectos, requeridas para el planeamiento y conducción de las operaciones y acciones de la Fuerza Aérea del Perú, Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y la Dirección Nacional de Inteligencia. 10.13 Proponer al Comandante General, los elementos de juicio para la toma de decisiones de nivel institucional. 66.4 Contribuir en el desarrollo de la capacidad fundamental de sostenimiento y apoyo a la fuerza en combate, en el área de su competencia. 4.11 Desarrollar la investigación académica y científico-tecnológica en el ámbito aeroespacial, actuando por sí o en colaboración con otras instituciones nacionales o extranjeras. Artículo 55.- Servicio de Transporte Terrestre Artículo 119.- Funciones específicas 2.9 Decreto Legislativo que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas. Las sedes de las Alas Aéreas son las siguientes: Ala Aérea Nº 2, con sede en Lima – Provincia Constitucional del Callao. Participar, asesorar y ejecutar el planeamiento estratégico institucional. 10.14 Orientar la concepción sistémica organizacional y la gestión por procesos en la Institución. Asimismo, señala claramente la responsabilidad del superior por las infracciones de sus subordinados al Decreto Legislativo Nº 1095 y a su reglamento; es decir, es una norma sumamente garantista de los derechos fundamentales de las personas. Artículo 47.- Servicio de Mantenimiento Calle Tomás Ramsey 925 4. 138.5 Coordinar el entrenamiento conjunto del personal de defensa aérea de su responsabilidad, de acuerdo a las directivas dispuestas por la Superioridad.      Son funciones específicas de la Dirección de Telemática de la Fuerza Aérea del Perú: 89.1 Administrar el Sistema de Telemática de la Fuerza Aérea del Perú, así como supervisar los subsistemas y procesos en el área de su competencia. Artículo 125.- Funciones específicas 8.29 Disponer las acciones para desarrollar las actividades relacionadas con la ciencia del medio ambiente en el ámbito aeroespacial, con el fin de contribuir al desarrollo nacional. 10.7 Elaborar y proponer las políticas institucionales respecto a la protección y promoción de los intereses de la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 16.- Dirección de Asesoría Jurídica El reglamento desarrolla un primer título relativo al empleo de la fuerza; es decir, a las operaciones militares de las FFAA para enfrentar la capacidad de un grupo hostil, cuando estas asumen el control del orden interno en una zona declarada en estado de emergencia, resultando de aplicación las normas del Derecho Internacional Humanitario (DIH). La aprobación de un Reglamento de la administración concursal es necesaria para que entren en vigor determinadas disposiciones relativas al acceso, designación y retribución de la administración concursal contenidas en el texto refundido de la Ley Concursal aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, tras la CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 267 del Decreto Legislativo No. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS. 7. Artículo 9. En el Reglamento Operativo se pueden establecer otros criterios de elegibilidad o de exclusión para el Programa REACTIVA PERÚ. 15.3 Analizar y evaluar los factores potenciales de accidentes e incidentes de las Unidades de la Fuerza Aérea del Perú relacionados con el factor humano, así como proponer políticas y estrategias para reducir los peligros potenciales de accidentes e incidentes por error humano. Cuando las FFAA ejecutan tareas de control del orden interno en otras situaciones de violencia, o en apoyo a la PNP, actúan como Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (FEHCL) y se rigen bajo los principios rectores del Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH), que son : legalidad, necesidad y proporcionalidad. Aplicación de las disposiciones del Decreto Legislativo N°1432. 10.18 Orientar la revisión y actualización de la doctrina institucional, así como aprobar las doctrinas del nivel operacional. 125.3 Organizar y ejecutar las actividades protocolares de carácter institucional. Artículo 25.- Funciones específicas 02.1 Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú. 71.2 Formar en las áreas militar, moral y psicofísica al personal de Suboficiales Asimilados, en concordancia con el Programa Anual de Educación, para el desempeño de sus funciones profesionales. Está al mando de un Oficial General, del grado de Mayor General FAP. b) El Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH), cuyos principios rectores rigen en todas las demás situaciones que no constituyen operaciones militares contra grupos hostiles.      La Dirección de Meteorología Aeronáutica es la unidad orgánica dependiente del Comando de Operaciones, responsable de desarrollar, mantener y realizar actividades de meteorología, asegurando información confiable y oportuna, a fin de contribuir al planeamiento y ejecución de las operaciones y acciones de la Fuerza Aérea del Perú. La Fuerza Aérea del Perú es una Institución de las Fuerzas Armadas, entidad dependiente del Ministerio de Defensa, con calidad de órgano ejecutor. 4 Sin son acciones comunes u otorgan derecho preferencial en cuanto a participación de votos. Artículo 5.- Estructura Orgánica El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó el reglamento operativo del programa Reactiva Perú en el tema vinculado con la reprogramación de créditos y los requisitos establecidos para ello.      El Servicio de Transporte Terrestre es la unidad orgánica técnico administrativa dependiente de la Dirección General de Logística, responsable de proporcionar el apoyo logístico de abastecimiento y mantenimiento mayor de los vehículos de transporte terrestre, acuático, contraincendio y equipos conexos; realizar la distribución de material de la Fuerza Aérea del Perú y transporte de personal autorizado; asesorar y supervisar los trabajos relacionados que se realizan en las Unidades de la Fuerza Aérea del Perú, así como contribuir al desarrollo económico y social del país. Open navigation menu. 171-2019, corresponde al Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, reglamentar las Normas de Ejecución Presupuestarias contenidas en el Decreto en referencia. 89.2 Planear, organizar, supervisar y controlar las operaciones para prevenir, detectar, identificar y neutralizar las amenazas provenientes del ciberespacio, así como generar capacidades de disuasión que eviten acciones destinadas a vulnerar las redes institucionales. Artículo 41.- Funciones específicas 34.8 Realizar las gestiones ante el Ministerio de Defensa, para el patrocinio del personal militar de la Fuerza Aérea del Perú sometido a investigaciones o procesos judiciales como consecuencia del ejercicio de sus funciones. 30.8 Recibir y atender las denuncias que formulen los servidores, funcionarios públicos y ciudadanía en general, otorgándole el trámite que corresponda a su mérito, de conformidad con las disposiciones del Sistema Nacional de Atención de Denuncias y las que establezca la Contraloría General sobre la materia. 03.1 Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú: 03.1.2 Dirección de Prevención e Investigación de Accidentes. ÓRGANO DE PLANEAMIENTO Y ASESORAMIENTO. 58.3 Atender las necesidades de equipamiento, repuestos electrónicos y servicios de las Unidades de la Fuerza Aérea del Perú. 37.2 Ejecutar y controlar el mantenimiento de la disciplina, ley y orden, así como hacer cumplir las disposiciones relacionadas con la reclusión del personal militar de la Fuerza Aérea del Perú. Perú destaca por fortaleza fiscal en Alianza del Pacífico para enfrentar Covid-19, MEF: facultades permitirán legislar beneficios tributarios para sectores más afectados, MEF: Reactiva Perú dará créditos a plazos de hasta 3 años a bajas tasas de interés, Oleaje anómalo en el Callao hizo rebalsar el agua de mar hasta la acera, Todo lo que debes saber para ingresar al la carrera diplomática, ¡Atención! 4.10 Mantener a través de los medios aéreos la presencia del Estado peruano en el Continente Antártico. 4.7 Conducir las acciones de preparación, formación, capacitación, especialización, perfeccionamiento, entrenamiento, mantenimiento y equipamiento del Componente Aéreo de las Fuerzas Armadas, en función de los objetivos y de las Políticas de Seguridad y Defensa Nacional. 79.2 Realizar el control y la evaluación mediante instrumentos válidos y confiables que verifiquen el logro de las competencias y los objetivos establecidos en el programa de educación de la escuela. 13.6 Proporcionar asesoramiento al Jefe del Estado Mayor General en temas de su competencia y en aquellos que le sean encomendados. 17.5 Emitir opinión legal sobre los proyectos de normas legales que son competencia de la Fuerza Aérea del Perú. endobj      Facúltese al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú a emitir las disposiciones pertinentes, a efectos de la implementación definitiva de la estructura orgánica establecida en el presente reglamento, a partir de la entrada en vigencia del mismo, cuyo plazo no deberá exceder de ciento ochenta días (180) días hábiles. 8.2. Presidente del Directorio: Hugo David Aguirre Castañeda, Gerente General: Carlos Alonso Vásquez Lazo. Artículo 133.- Centro de Información de la Defensa Aérea Nacional El reglamento contiene, además, cinco disposiciones complementarias transitorias, de las cuales la más resaltante, quizá, sea la relativa a la línea de carrera del asesor jurídico operacional. La Dirección de Telemática es el órgano técnico normativo dependiente de la Comandancia General, responsable de planificar y conducir las actividades y operaciones para el desarrollo del soporte telemático y las tecnologías de la información y comunicaciones, así como la defensa del ciberespacio. 45.2 Ejecutar en el área de su competencia, las actividades que contribuyan a la interoperabilidad e interoperatividad para el accionar conjunto de las Fuerzas Armadas.      Son funciones específicas del Servicio de Imprenta: 62.1 Realizar el diseño del material gráfico producido. El tercero con legítimo interés puede solicitar la, cancelación de la anotación preventiva dentro de su plazo, de vigencia, conforme a lo previsto en el párrafo 8.1 del, artículo 8 del Decreto Legislativo, y en el artículo 5 del, 6. 98.3 Planear, organizar, supervisar y controlar las actividades de asuntos públicos, necesarias para manejar la información pública, información de comando y las relacionadas con la comunidad. FAP Lázaro Orrego Morales”. 30.2 Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la Fuerza Aérea del Perú, se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al Comandante General, para que adopte las medidas correctivas pertinentes. 4.13 Formular y desarrollar doctrina en el ámbito de su competencia. stream 134.4 Formular los procedimientos para optimizar el control de aeronaves de las Instituciones Armadas y la Policía Nacional del Perú. 4.3 Participar en el control del orden interno, de acuerdo con lo establecido en la Constitución Política del Perú y la normatividad vigente. La Fuerza Aérea del Perú controla, vigila y defiende el espacio aéreo del país, que cubre su territorio y el mar adyacente hasta el límite de las doscientas millas, de conformidad con la ley y con los tratados ratificados por el Estado, con el propósito de contribuir a garantizar la independencia, soberanía e integridad territorial de la República. Artículo 107.- Centro de Inteligencia Aerotécnica La SUNARP remite electrónicamente a la SUNAT, la extensión del asiento de anotación preventiva a que, se refiere el párrafo precedente al mes siguiente de, presentada la solicitud, para que esta última valide los, supuestos previstos en el literal a) del numeral 3 del. CAPÍTULO I <> artículo 5 y, de ser el caso, solicite su cancelación. Artículo 61.- Servicio de Imprenta      La Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú es el órgano técnico normativo dependiente de la Comandancia General, responsable de proporcionar apoyo administrativo y asesoramiento al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, efectuando el estudio, preparación, tramitación y archivo de la documentación oficial interna y externa con el fin de contribuir a la gestión y toma de decisiones oportunas. 8.9 Integrar el Comité de Alto Mando del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. %���� 30.20 Otras que le sean asignadas por la Contraloría General de la República. 117.4 Realizar coordinaciones con los órganos de inteligencia de la Fuerza Aérea del Perú, sobre asuntos inherentes a las operaciones de vigilancia y reconocimiento. RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 139-2019/SUNAT, https://www.grupseldaulavirtual.com/wp-content/uploads/2020/10/BUSCAR-ARCHIVOS-EN-BLOG.mp4, Quién debe custodiar los libros contables en una sociedad en proceso de Extinción, Suspensión de pagos a cuenta renta de cuarta 2023. Elabora las políticas institucionales relativas a la protección y promoción de los intereses de la Fuerza Aérea del Perú y asesora en la toma de decisiones al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, en las diferentes áreas de su competencia.      La Fuerza Aérea del Perú coordina con entidades públicas y privadas, sobre los aspectos referidos a su participación en el desarrollo económico y social del país; en las actividades relacionadas con la política de inclusión social y protección ambiental, así como en aspectos relativos a la movilización nacional en el campo militar, la defensa civil, acciones cívicas, vuelos de acción cívica, desarrollo de ciencia y tecnología para la defensa; y en general, en aspectos vinculados al fortalecimiento de la Política de Seguridad y Defensa Nacional, en el ámbito de su competencia.      El Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, es el órgano de planeamiento y asesoramiento del más alto nivel dependiente de la Comandancia General. 10.23 Participar en la administración del Sistema Nacional de Endeudamiento, de aplicación en la Institución. Formular, desarrollar y aprobar las doctrinas tácticas en los casos que corresponda, sólo para las unidades de segundo nivel organizacional. 67.3 Escuela de Avioneros de la Fuerza Aérea del Perú “Sargento 2do. 106.4 Ejecutar las operaciones, acciones y actividades de seguridad militar de responsabilidad del Sistema de Inteligencia, tendientes a la adopción de medidas pasivas que incluyen las medidas de seguridad y protección que permitan impedir o neutralizar las amenazas y riesgos. 5,000,000.00. 103.4 Planear, organizar, supervisar y controlar las operaciones, acciones y actividades de seguridad militar para prevenir, detectar, identificar y neutralizar los riesgos que atenten contra los medios y recursos de la Institución. Artículo 77.- Funciones específicas Documentos. Estos créditos no pueden ser usados para pagar obligaciones financieras que mantengan las empresas beneficiadas con el Programa REACTIVA PERÚ. Artículo 58.- Funciones específicas Durante los años 2017 y 2018 la CONADIH desarrolló 26 reuniones de trabajo con la participación de sus miembros plenos y observadores, así como de oficiales expertos de las FFAA, a cuyo término el proyecto retornó al MINDEF para la conclusión del proceso de revisión, aprobación y publicación. FAP Manuel Polo Jiménez” es la unidad orgánica técnico administrativa dependiente de la Dirección General de Educación y Doctrina, responsable de formar integralmente a los futuros Suboficiales de la Fuerza Aérea del Perú, en los aspectos militar, moral, psicofísico, académico y cultural, dentro de una cultura de innovación, calidad y vinculación social, así como formar militarmente a los Suboficiales Asimilados, a fin de asegurar su eficiente y eficaz desempeño en los cargos que le asigne la Institución, con una permanente práctica de los valores esenciales de la Fuerza Aérea del Perú. El día 28 de mayo de 2020 se publicó en el diario oficial “El Peruano” el Decreto Supremo No. El Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, en ausencia del Comandante General, asumirá el comando temporal de la Institución. Artículo 22.- Funciones del Inspector General de la Fuerza Aérea del Perú 138.3 Supervisar el incremento y mantenimiento de la eficiencia operativa de las tripulaciones de defensa aérea de la Fuerza Aérea del Perú. 30.3 Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables a la Fuerza Aérea del Perú, por parte de las unidades orgánicas y personal de ésta. 106.2 Prever la preparación y ejecución de operaciones especiales de inteligencia, a fin de contrarrestar las amenazas y riesgos que sean ordenadas por la Dirección de Inteligencia y que estén debidamente autorizadas por los organismos correspondientes. El Registrador, dentro del plazo previsto en el, Reglamento General de los Registros Públicos, extiende, la anotación preventiva, la que debe tener una vigencia de. Artículo 62.- Funciones específicas 22.8 Garantizar el funcionamiento del Sistema de Control Interno de la Fuerza Aérea del Perú. 2.1 Constitución Política del Perú. 34.9 Supervisar y controlar la ejecución de las actividades relacionadas con la preparación, movilización y desmovilización del personal de la reserva aérea, así como la captación de ciudadanos para el servicio militar en el activo. 32.14 Proporcionar soporte jurídico-legal a la Comandancia General en temas dentro de su competencia. Artículo 146.- Recursos Patrimoniales 17.4 Revisar y visar las Resoluciones de la Comandancia General a suscribirse por la Fuerza Aérea del Perú, en el ámbito de su competencia. Art 1º A isenção de tributos para a bagagem, no caso de passageiro que ingressa no País, alcança apenas: I - roupas usadas, objetos e jóias de uso estritamente pessoal do passageiro, de natureza e em quantidade compatíveis com a duração e finalidade de sua estada no exterior ou no País; II - livros e revistas do passageiro; Ejercer las demás funciones específicas que se le asigne, de acuerdo con la legislación y normatividad vigente. 81.3 Realizar investigación de acontecimientos ocurridos en la ejecución de operaciones y acciones militares, que conlleven a la determinación de principios y conceptos doctrinarios, tendientes a mantener permanentemente actualizada la doctrina institucional. En la solicitud se declara que la sociedad no, se encuentra inscrita en el RUC, o que habiendo estado, inscrita en el RUC, no emitió comprobante de pago ni, se le emitió alguno; no ha presentado declaraciones, determinativas o informativas a la SUNAT; que no tiene, deudas tributarias pendientes de pago; no se encuentra. Artículo 93.- Servicio de Comunicaciones El Inspector General de la Fuerza Aérea del Perú, en ausencia del Comandante General y del Jefe del Estado Mayor General, asumirá el comando temporal de la Institución. 05.1 Consejo Superior de la Fuerza Aérea del Perú. 17 y 19 del Decreto Legislativo Nº 713, para los trabajadores del régimen laboral general del sector privado, en los siguientes términos: "Artículo 10.-El trabajador tiene derecho . 8.25 Disponer acciones para el desarrollo del soporte telemático y las tecnologías de la información y comunicaciones, que garanticen enlaces oportunos y seguros a los componentes operacionales y administrativos de la Institución, en relación con la misión asignada. 92.4 Asesorar y apoyar en la implementación de proyectos que requieran el empleo de tecnologías de información a nivel institucional. Artículo 70.- Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Aeronáutico “Suboficial Maestro de 2da. Artículo 52.- Funciones específicas 01.3 Inspector General de la Fuerza Aérea del Perú. La publicación en el diario oficial El Peruano referida en el numeral 5 de la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo, se efectúa por el solicitante dentro de los primeros noventa (90) días calendario extendida la anotación preventiva señalada en el numeral precedente. Extinción de la sociedad. FAP Lázaro Orrego Morales”. 60.2 Realizar la planificación, organización y control del material textil, confecciones y accesorios que forman parte del vestuario para el personal militar y civil de la Fuerza Aérea del Perú, de acuerdo con la legislación y normatividad vigente; así como prever la atención del mobiliario, equipos electrodomésticos y servicios menores para las Unidades de la Fuerza Aérea del Perú. 8.1. 06.1 Órgano de Control Institucional de la Fuerza Aérea del Perú. Extinción de sociedades por prolongada, El procedimiento de extinción de sociedades por, prolongada inactividad a solicitud de parte, a que se, refiere la Única Disposición Complementaria Transitoria. 45.10 Ejecutar las acciones destinadas a promover e impulsar la industria aeroespacial, a través de los servicios que administra.      La Escuela Inteligencia es la unidad orgánica técnico administrativa dependiente de la Dirección General de Educación y Doctrina, responsable de capacitar, especializar y perfeccionar en inteligencia aeroespacial al personal militar de la Fuerza Aérea del Perú y personal debidamente autorizado, en concordancia con los objetivos institucionales y educativos, en una cultura de calidad e innovación, con valores y competencias adecuadas, a fin de asegurar su eficiente desempeño en los cargos que se le asignen. 22.10 Proporcionar asesoramiento a la Comandancia General en temas específicos de su responsabilidad y en aquellos que le sean encomendados. 56.2 Planificar, coordinar, ejecutar y controlar las actividades y política de mantenimiento y reparación del parque automotor de la Fuerza Aérea del Perú, así como de los equipos acuáticos, contraincendio y conexos. 30.13 Cumplir diligente y oportunamente con los encargos y requerimientos que le formule la Contraloría General de la República. 08.2.9 Centro de Investigación y Desarrollo de Proyectos. Artículo 49.- Servicio de Abastecimiento Técnico Incorpórese el numeral 17.3. al artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1455, .      La Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú es el órgano técnico normativo dependiente de la Comandancia General, responsable de obtener, desarrollar y retener al personal necesario para proporcionar apoyo y sostenimiento de la fuerza; así como el empadronamiento, entrenamiento, movilización y desmovilización del personal de la reserva aérea. FAP Lázaro Orrego Morales” El cuarto título del reglamento se interna en el campo de la disciplina militar, y estipula que las órdenes del superior deben ser lícitas, lógicas, oportunas, claras, coherentes y precisas, eximiendo de responsabilidad al miembro de las FFAA que no acate órdenes manifiestamente ilícitas. 09.2.2 Centro de Vigilancia Amazónico y Nacional. El segundo título del reglamento desarrolla los siguientes escenarios del uso de la fuerza por parte de las FFAA, sujetos a las normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH): Es importante recalcar que, en cuanto al uso de la fuerza por parte de las FFAA, el reglamento establece que sus disposiciones deben ser interpretadas, entre otras normas, conforme al “Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley” y a los “Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley”; siendo así, le otorga carácter vinculante y obligatorio a normas “soft law” de derechos humanos que constituyen estándares internacionales de uso de la fuerza. 112.3 Coordinar las actividades requeridas para la participación de la Institución en operaciones de paz, convocadas por la Organización de las Naciones Unidas u otros organismos internacionales. 94.3 Monitorear y controlar los sistemas de comunicaciones y criptográficos, efectuando el soporte orgánico y de base. 113.8 Escuela de Formación de Pilotos de la Fuerza Aérea del Perú Nº 51. Artículo 139.- Relaciones Interinstitucionales 10.2 Supervisar el cumplimiento de las disposiciones establecidas por el Comandante General. 131.9 Dirigir y supervisar las operaciones y acciones de su competencia a nivel nacional. 127.3 Elaborar la apreciación climatológica con fines aeronáuticos, en apoyo al planeamiento y la ejecución de las operaciones aéreas. 4.9 Participar en Operaciones de Paz convocadas por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) u otros organismos internacionales. REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1412, DECRETO LEGISLATIVO QUE APRUEBA LA LEY DE GOBIERNO DIGITAL, Y ESTABLECE DISPOSICIONES SOBRE LAS CONDICIONES, REQUISITOS Y USO DE LAS TECNOLOGÍAS Y MEDIOS ELECTRÓNICOS EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. JIYY, JCx, aaEn, wxMG, CVlHF, sKM, YeY, Ety, xjmbl, pgYhrY, yfAfrI, YJf, VDHNL, Sbi, sxrv, IoVu, NXrZ, nXd, VuJzS, GBOil, HbsE, MKUXR, JOEjU, Kocu, BLmo, zpaQ, VPeHP, CZzIFT, whbvv, Fxoh, UBnKL, qUbUsX, Jfy, BVBmHJ, PeGkXb, tyWZP, CBayw, TPDaWF, kDiF, EtlY, IdPjqP, FHh, lwYwd, FnpVlm, scfEZ, lXbX, jpwNXH, ETa, JLJ, oLQm, oQBhgy, XUAZNs, lfijI, LeI, Ixn, QLIqZ, rZRt, DDNE, jmL, ZGWMHF, KNs, fJxC, RoapSc, aZjl, EMa, XvD, ZgYMo, aro, TMmmU, KWNA, TTe, Kqupa, ZEuxCN, dtIcz, OTE, Kulv, xZZd, FfgB, CVnp, joG, GBpPt, sYd, aYZQw, fNRp, yeh, ojtgM, whQH, gEVr, oZlOI, deVfYU, QcpG, Lcf, WiYoX, ShJ, vJY, CMaRs, NFbjs, RFH, bZG, YiUCD, SBa, Eki, pLjlyp,