BOE-A-2021-797, Se modifican los apartados 1 y 2 por la disposición final 1.38 de la Ley 6/2019, de 19 de diciembre. Se modifica la letra f) por la disposición final 1.4 de la Ley 6/2019, de 19 de diciembre. g) El anexo de inversiones con los proyectos de inversión de las consejerías, agencias administrativas, agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, sociedades, mercantiles del sector público andaluz, consorcios, fundaciones y demás entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El objeto del citado informe consiste en la verificación del cumplimiento de los preceptos de esta Ley y de la Ley del Presupuesto, reguladores del régimen jurídico de estos expedientes. Las empresas que empleen un número de personal que exceda de cuarenta y nueve personas vendrán obligadas a emplear a personas trabajadoras con discapacidad, en los términos previstos en el artículo 42.1 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, … Ref. 2. La Dirección General competente en materia de Tesorería realizará las funciones de materialización del pago de las obligaciones que se ordenen en el ámbito de las agencias administrativas, de régimen especial, públicas empresariales comprendidas en el artículo 2.c) y consorcios, cuando existan obligaciones pendientes de pago en la Tesorería General de la Junta de Andalucía a su favor. BOE-A-2012-13126. Las solicitudes serán evaluadas por el órgano instructor, que formulará la propuesta de concesión al órgano competente para resolver. La Consejería, agencia o consorcio adscrito a la Administración de la Junta de Andalucía que licite los contratos declarados de contratación centralizada o que realice encargos a medios propios personificados, cuya ejecución se realice a favor de diversas Consejerías o entidades del sector público andaluz en materia de su competencia, podrá aprobar los gastos así como autorizar su compromiso con imputación al presupuesto de gastos de las Consejerías, agencias administrativas, de régimen especial, públicas empresariales referidas en el artículo 2.c), consorcios adscritos, así como al presupuesto de explotación y capital de las sociedades mercantiles y fundaciones, cuando así se determine. BOE-A-2019-12122. b) Requisitos que deberán reunir las personas o entidades beneficiarias para la obtención de la subvención, y, en su caso, los miembros de las entidades contempladas en el artículo 11.2 y 3, segundo párrafo, de la citada Ley, y forma y plazo en que deben presentarse las solicitudes. BOE-A-2016-360. El personal funcionario de la Intervención General competente para extender dichos documentos tendrá la consideración, a estos efectos, de agente de la autoridad. Se modifica el apartado 6 por la disposición final 2.5 de la Ley 6/2014, de 30 de diciembre. Ref. 1. b) La determinación de los requisitos que deben ser comprobados y certificados por el órgano instructor del expediente a efectos de la fiscalización previa del compromiso de gasto. Reglamentariamente podrán excluirse de fiscalización previa, en cualquiera de las fases previstas en el apartado 2 de este artículo, aquellos gastos, distintos o no a los descritos anteriormente, para los que se considere más adecuada otra forma de control. Ref. b) No minorarán créditos que hayan sido incrementados por transferencias, ni a los créditos ampliados. El proyecto de Ley del Presupuesto y la documentación anexa se remitirán al Parlamento de Andalucía al menos dos meses antes de la expiración del Presupuesto corriente, para su examen, enmienda y aprobación. BOE-A-2019-12122. e) En los supuestos en los que, siendo preceptiva la fiscalización previa, se haya omitido este trámite. 3. 1. e) Subvenciones y otras transferencias corrientes, salvo las subvenciones nominativas, y transferencias de financiación de la Ley del Presupuesto de cada ejercicio. La aplicación de la referida retención de crédito se efectuará asimismo sobre el importe de los encargos a medios propios personificados previstos en el artículo 53 bis de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en el momento en el que éstos se ordenen y respecto al ejercicio en que finalicen las obras correspondientes o al siguiente, según el momento en el que se prevea realizar la liquidación final del encargo. Se modifica el apartado 2 por la disposición final 1.14 de la Ley 5/2017, de 5 de diciembre. Será objeto de reintegro, en su caso, el excedente resultante a la Tesorería de la Junta de Andalucía. La habilitación no exime al colaborador social de la obligación de tener formalizada la representación, cuya acreditación podrá requerirse en cualquier momento por parte de la entidad concedente o por los órganos de fiscalización de las subvenciones. Las obligaciones económicas de la Administración de la Junta de Andalucía, de sus agencias administrativas, de régimen especial, y públicas empresariales referidas en el artículo 2.c), e instituciones nacen de la ley, de los negocios jurídicos y de los actos o hechos que, según derecho, las generen. Las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias se regirán por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y demás normativa básica estatal, así como por lo establecido en este Título y en sus normas de desarrollo, incluidas las bases reguladoras. Para ello, las personas o entidades interesadas deberán suscribir un documento individualizado de adhesión al convenio, donde se recoja expresamente la aceptación del contenido íntegro de este. Última actualización, publicada el 22/02/2021, en vigor a partir del 23/02/2021. Si dichas obligaciones tienen por causa prestaciones o servicios a la Comunidad Autónoma, el pago no podrá realizarse hasta que el acreedor haya cumplido o garantizado su correlativa obligación. BOE-A-2019-12122. La actividad financiera de la Administración de la Junta de Andalucía, de sus entidades instrumentales, de los consorcios contemplados en el artículo 4 y de las demás entidades incluidas en el artículo 5 se encuentra sometida al control interno de la Intervención General de la Junta de Andalucía y al régimen de contabilidad pública, todo ello con arreglo a lo dispuesto en esta Ley y en las disposiciones que la desarrollen. 37.1 del Decreto-ley 1/2012, de 19 de junio. Ref. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 4 y 5 del artículo 53 bis. La tramitación de estos expedientes podrá llegar, como máximo, hasta el momento inmediatamente anterior a la adquisición del compromiso, salvo los expedientes de contratación, que podrán ultimarse incluso con su adjudicación y formalización del correspondiente contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Ley 11/2006, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2007. El control financiero del sector público es un control posterior que tiene por objeto comprobar que su funcionamiento, en el aspecto económico-financiero, se ajusta al ordenamiento jurídico y a los principios de legalidad, eficacia, eficiencia, economía y buena gestión financiera. A efectos de lo dispuesto en el presente apartado, la Consejería competente en materia de Hacienda instará al órgano competente que hubiera incumplido su obligación de pago para que efectúe la imputación a sus créditos presupuestarios en el plazo máximo de veinte días. Se añade el párrafo segundo por la disposición final 2.7 de la Ley 6/2014, de 30 de diciembre. Se añade por la disposición final 2.25 de la Ley 6/2014, de 30 de diciembre. 1. La Administración de la Hacienda de la Junta de Andalucía estará sometida a los siguientes principios: c) De coordinación, transparencia y eficacia en la gestión. 2. 3. Cuarta. Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector. Cuando se produzcan modificaciones presupuestarias, acuerdos de no disponibilidad u otras circunstancias que supongan una variación en las transferencias a recibir por las agencias públicas empresariales referidas en el artículo 2.b) y las entidades reguladas en el artículo 5, así como cualquier alteración de los importes globales de las previsiones de los programas de actuación, inversión y financiación, y de las dotaciones de los presupuestos de explotación y capital, será necesaria la modificación de dichos programas y presupuestos mediante la aprobación de los órganos directores de la entidad, y con comunicación a la Consejería competente en materia de Hacienda. 3. Se modifica el párrafo segundo del apartado 4 por la disposición final 2.3 de la Ley 6/2014, de 30 de diciembre. Asimismo, le corresponde la recaudación en periodo ejecutivo de los demás ingresos de derecho público de la Comunidad Autónoma, en los términos previstos en su Ley de creación. Ref. Ref. Las agencias, los consorcios, las sociedades mercantiles y las fundaciones del sector público andaluz, solo podrán concertar operaciones de endeudamiento si así lo autoriza de forma expresa la correspondiente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma y dentro de los límites que dicha Ley establezca. 1. Ref. Las bases o normas reguladoras de las subvenciones podrán establecer que la entrega y distribución de los fondos públicos a las personas o entidades beneficiarias se efectúe a través de una entidad colaboradora. e) La clasificación por programas del Presupuesto. Todo ello en los términos previstos reglamentariamente. También se podrán aprobar generaciones de créditos por ingresos no afectados que no se encuentren efectivamente recaudados, en las mismas condiciones establecidas en el párrafo anterior, que sean aplicables a estos ingresos, siempre que en este supuesto se justifique que los ingresos se prevean recaudar en el propio ejercicio presupuestario. El procedimiento de elaboración del Presupuesto se ajustará a las siguientes reglas: 1. BOE-A-2020-1068. La gestión, recaudación, liquidación e inspección de los restantes derechos no mencionados en los artículos 18 y 19 se realizará con sujeción a los principios de esta Ley, a las leyes especiales que resulten aplicables y, supletoriamente, a la normativa estatal sobre la materia. El proceso de pago de las obligaciones económicas contraídas por las agencias administrativas, de régimen especial, públicas empresariales comprendidas en el artículo 2.c) y consorcios, se desarrollará y ejecutará en los órganos de gestión de sus Tesorerías propias, realizando las actuaciones relativas a la ordenación del pago de sus obligaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52.2 y 54.3. Esta fase del proceso de materialización del pago se realizará aplicando mecanismos de compensación y siempre en nombre y por cuenta de estas agencias y consorcios, que serán los titulares de las obligaciones de pago. Se entiende por devolución voluntaria aquella que es realizada por la persona beneficiaria sin el previo requerimiento de la Administración. 1. BOE-A-2020-1068. 8. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de no tener deudas en periodo ejecutivo por cualquier otro ingreso de derecho público con la Administración de la Junta de Andalucía, mediante el suministro de información por medios electrónicos o telemáticos por las Administraciones competentes, tendrá los mismos efectos y validez que se establezcan por la normativa específica para las certificaciones acreditativas del cumplimiento de tales obligaciones en cada procedimiento. Estos presupuestos irán acompañados de una memoria explicativa de su contenido, la plantilla de efectivos de personal, la previsión del balance de la entidad, la liquidación del Presupuesto del ejercicio inmediatamente anterior, así como la documentación complementaria que determine la Consejería competente en materia de Hacienda. d) Autorizar los gastos en los supuestos previstos legalmente. En todo expediente de generación de crédito deberá quedar asegurado el cumplimiento de las reglas de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Ref. BOE-A-2019-12122. BOE-A-2019-12122. Se añade por la disposición final 4.3 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero. Se modifica el apartado 6 por la disposición final 5.4 de la Ley 5/2012, de 26 de diciembre. BOE-A-2019-12122. Ref. f) Reembolsos de préstamos, exclusivamente para financiar créditos destinados a la concesión de nuevos préstamos. No obstante, cuando convenga por razón de las operaciones que se desarrollen o del lugar en que se efectúen, las entidades indicadas en el apartado anterior podrán abrir y utilizar cuentas en las entidades de crédito, previa autorización de la Consejería competente en materia de Hacienda. 7.º El 50 % en los ejercicios sexto a décimo, para los gastos contemplados en el párrafo c) del apartado 2 de este artículo. BOE-A-2011-1436. Ref. 1. c) Determinar las directrices de la política económico-financiera de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de las funciones atribuidas a la Comisión Delegada para Asuntos Económicos. Cuando para la acreditación del cumplimiento de requisitos de niveles de renta, patrimonio, ingresos u otros de naturaleza similar en procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Andalucía se autorice por las personas interesadas la solicitud de información de datos tributarios a las Administraciones competentes, los datos suministrados tendrán, en dichos procedimientos, los efectos y la validez que la normativa específica atribuye a los certificados tributarios. La Consejería competente en materia de Hacienda determinará, a iniciativa de la Consejería correspondiente, los créditos a los que habrá de imputarse el pago de estas obligaciones. Ref. Se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, que se inserta a continuación. Menu. 3 del Decreto-ley 1/2020, de 10 de febrero. Las autoridades y demás personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus agencias, instituciones, consorcios, sociedades mercantiles y fundaciones del sector público andaluz, así como el de las restantes entidades referidas en el artículo 5, que, por dolo, culpa o negligencia graves, ocasionen menoscabo en los fondos públicos a consecuencia de acciones u omisiones contrarias a las disposiciones de esta Ley o de las leyes reguladoras del régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad y de control aplicables, estarán obligados a la indemnización de daños y perjuicios, con independencia de la responsabilidad penal o disciplinaria que les pueda corresponder. La resolución de los recursos contra las resoluciones de reintegro corresponderá al órgano que la tuviera atribuida conforme a las normas de organización específica de la Consejería o entidad concedente, correspondiendo la notificación a la Agencia Tributaria de Andalucía. BOE-A-2017-658. Con cargo a los créditos del estado de gastos consignados en el Presupuesto, solamente podrán contraerse obligaciones derivadas de gastos que se realicen en el año natural del ejercicio presupuestario. Se añade el apartado 3 por la disposición final 1.18 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre. BOE-A-2021-797, Se modifican los apartados 2, 4, 5 y 6.g) y h) por la disposición final 1.8 y 9 de la Ley 3/2019, de 22 de julio. Se suprime el apartado 3 por la disposición final 1.11 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre. 2. Ref. 2. Se modifican los apartados 2 y 4 por la disposición final 5.7 de la Ley 5/2012, de 26 de diciembre. BOE-A-2017-658. homeInicio; Tratándose de derechos de naturaleza tributaria, así como, en general, de la recaudación de ingresos de derecho público en periodo ejecutivo, la aplicación de intereses de demora se ajustará a lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Se modifica el apartado 4 por la disposición final 2.3 de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-1098, Se modifica por la disposición final 1.26 de la Ley 10/2016, de 27 de diciembre. 1. Estos fondos se registrarán en la contabilidad patrimonial de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus agencias como el capital aportado, en su caso, para la constitución o modificación de las mismas. 6. WebDecreto Legislativo N° 1436 - Vigente; Derogado - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público (Ley N° 28112) Sistema Nacional de Tesorería. Las agencias públicas empresariales, los consorcios y las sociedades mercantiles del sector público andaluz que se encuentren sometidas a control financiero permanente deberán contar con unidades propias de control interno para el desarrollo de los trabajos del plan anual de control financiero. 8. La persona titular de la Intervención que en el ejercicio de sus funciones advierta la existencia de infracciones lo pondrá en conocimiento de la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda a los efectos previstos en el apartado anterior. Se modifican los apartados 4.e) y 8 por la disposición final 1.14 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre. Ref. Los citados fondos se constituirán al amparo de los convenios que suscriba la Consejería competente en materia de Hacienda con las sociedades gestoras de los fondos de titulización de activos que figuren inscritas en la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por un lado, y con las entidades de crédito cedentes de los derechos de crédito a los fondos de titulización, por otro. BOE-A-2017-658. Ley 10/2002, de 21 de diciembre, por la que se aprueban normas en materia de tributos cedidos y otras medidas tributarias, administrativas y financieras. WebEl Ejecutivo aprobó hoy medidas a favor de los inscritos en el Registro Nacional de Extrabajadores Cesados Irregularmente (RNTCI), a fin que puedan acceder a una pensión de jubiliación, entre otros beneficios. En todo caso, tendrán carácter específicamente vinculante los siguientes créditos, financiados con recursos propios: a) Incentivos al rendimiento a nivel de sección, servicio y artículo 15. b) Seguridad Social a nivel de sección, servicio y concepto 160. c) Atenciones protocolarias y representativas a nivel de sección, servicio, programa y subconcepto 226.01. d) Las dotaciones a los fondos carentes de personalidad jurídica previstos en el apartado 5 del artículo 5. Ref. Ref. BOE-A-2018-1098. No. BOE-A-2011-11178. Al mismo régimen de autorización previa se someterán los fondos sin personalidad jurídica referidos en el artículo 5.5. Los créditos autorizados en los estados de gastos del Presupuesto de la Administración de la Junta de Andalucía, las instituciones, las agencias administrativas, las agencias de régimen especial, las agencias públicas empresariales referidas en el artículo 33.2.c) de esta ley y consorcios tienen carácter limitativo y vinculante, conforme a las normas de vinculación que se establecen en los apartados siguientes, y cuantas determinaciones específicas establezca la Ley del Presupuesto de cada ejercicio. En el supuesto de contemplarse la posibilidad de efectuar anticipos de pago sobre la subvención concedida, la forma y cuantía de las garantías que, en su caso, habrán de aportar las personas o entidades beneficiarias. Ref. El control financiero podrá realizarse, siguiendo las directrices de la Intervención General, en los plazos o periodos que la trascendencia de la operación u operaciones a controlar y de la entidad sujeta al mismo hagan aconsejable. Las obligaciones de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía se extinguen por las causas contempladas en el Código Civil y en el resto del ordenamiento jurídico. 5. 2. Ref. WebNorma statale di riferimento è l’articolo 8 quater, del decreto legislativo 30.12.1992, n. 502, che stabilisce, al ... programma ha riguardato, inizialmente, le strutture di degenza e ambulatoriali (DGR n. 1436/2011), che sono state rivalutate anche per le branche oggetto del nuovo accreditamento disposto con i provvedimenti successivi 1. Ref. Del mismo modo, para los créditos financiados con transferencias y otros ingresos finalistas, tanto la apertura de anualidades futuras como la dotación de los límites de crédito para dichas anualidades serán autorizadas por la Dirección General de Presupuestos y se fijarán en función de la financiación prevista. 1. Será competente para resolver el reintegro el órgano o entidad concedente de la subvención. 0582 Segunda Sección de fecha 12 de diciembre de 2017. 2. 2. BOE-A-2017-658. c) Cuando afecten a las transferencias a las agencias administrativas, de régimen especial y públicas empresariales referidas en el artículo 2.c), y consorcios. BOE-A-2015-680. 2. Las cantidades adeudadas a la Hacienda de la Junta de Andalucía por los conceptos contemplados en este capítulo, devengarán intereses de demora desde el día siguiente al del vencimiento de la deuda en periodo voluntario hasta la fecha de su ingreso. Se modifica el párrafo tercero del apartado 1 por la disposición final 2.17 de la Ley 6/2014, de 30 de diciembre. 2. Ref. BOE-A-2018-1098. Serán objeto de fiscalización previa las siguientes fases de los expedientes de gasto definidas en la normativa de desarrollo de esta Ley: d) La justificación de los pagos de justificación posterior. Ref. WebEl Decreto Legislativo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas. La Administración de la Junta de Andalucía, las agencias, las instituciones y las sociedades mercantiles del sector público andaluz quedan sometidas al régimen de contabilidad pública en los términos previstos en esta Ley. Ref. Se modifica la letra a) y se añade la d) por la disposición final 2.11 de la Ley 6/2014, de 30 de diciembre. Se suprime por la disposición final 1.31 de la Ley 10/2016, de 27 de diciembre. BOE-A-2018-1098. 1. Última actualización, publicada el 25/03/2021, en vigor a partir del 26/03/2021. 10. 1. El control financiero tiene como finalidad promover la mejora de las técnicas y procedimientos de la gestión económico-financiera, a través de recomendaciones en los aspectos económicos, financieros, patrimoniales, presupuestarios y procedimentales para corregir las actuaciones que lo requieran. En caso contrario, el ámbito de comprobación se extenderá a los aspectos de legalidad económico presupuestaria y únicamente procederá la formulación de reparo en los casos siguientes: a) Cuando no exista crédito presupuestario suficiente y adecuado a la naturaleza del gasto que se proponga autorizar. BOE-A-2020-1068, Se modifica la letra e) por la disposición final 1.36 de la Ley 3/2019, de 22 de julio. English Version. 1. El 8 de abril de 1844, según lo dispuesto por el decreto número 5, se renovó el ayuntamiento. 2. BOE-A-2017-658. 2. g) Cualquier otro que establezcan las disposiciones de aplicación. A efectos de lo dispuesto en los dos apartados anteriores, las entidades cuyas cuentas deban integrarse en la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía deberán presentar a la Intervención General de la Junta de Andalucía sus cuentas, debidamente aprobadas por el respectivo órgano competente, antes del 10 de julio del año siguiente a aquel al que se refieran, en la forma que establezca el citado centro directivo. En dicho Acuerdo se establecerá la entidad afectada por esta medida, la duración de la misma y los gastos que quedarán sometidos a esta modalidad de control. 1. El alcance del informe, en lo que se refiere al análisis de la normativa económico-presupuestaria y contable, se extenderá a los extremos que en la referida normativa pudieran determinarse reglamentariamente y en todo caso a los siguientes: a) Verificar que las bases reguladoras traen causa de un plan estratégico en los términos del artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, o en su caso de los planes y programas sectoriales previstos en la disposición adicional decimotercera de la mencionada Ley. g) Las demás competencias y funciones que se le atribuyan en esta Ley y demás disposiciones de aplicación. 3. 3. Son gastos de carácter plurianual aquellos que se autoricen y comprometan con cargo a dos o más ejercicios. h) El impulso y coordinación de los instrumentos y procedimientos para la aplicación de las normas en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. BOE-A-2020-1068, Se modifica por la disposición final 1.13 de la Ley 3/2019, de 22 de julio. La fiscalización previa de los gastos y las obligaciones consiste en el examen de los expedientes de gasto, con el fin de verificar que su contenido y tramitación se ajustan a la legalidad vigente, en los términos previstos en este artículo y en lo que se disponga reglamentariamente. b) Servir al principio de unidad de caja, mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y extrapresupuestarias. Se añade por la disposición final 2.28 de la Ley 6/2014, de 30 de diciembre. 2. La Intervención General de la Junta de Andalucía controlará el empleo de los créditos avalados para conocer en cada momento la aplicación del crédito. En el supuesto contemplado en el párrafo g) del apartado 3, con el objeto de realizar la imputación al Presupuesto de Gastos del resultado del ejercicio del Programa de Pagarés de la Junta de Andalucía, si el importe reembolsado es superior al emitido, se podrá generar crédito con cargo al reconocimiento de derechos contabilizados por el importe de dicho resultado. Asimismo, podrán hacerse efectivos mediante domiciliación bancaria o tarjeta de débito o crédito, en los términos que se establezcan mediante Orden de la Consejería competente en materia de Hacienda, que igualmente podrá determinar qué medios habrán de ser utilizados en cada uno de los lugares de pago a los que se refiere el apartado 1 del presente artículo. BOE-A-2015-680. Corresponde a la Consejería competente en materia de Hacienda: a) Proponer al Consejo de Gobierno las disposiciones y los acuerdos que procedan según el artículo 12 de esta Ley, y que sean materia de su competencia. El procedimiento ordinario de concesión de subvenciones, que se iniciará siempre de oficio, se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. BOE-A-2020-1068. c) Que los expedientes de reconocimiento de obligaciones corresponden a gastos aprobados y fiscalizados favorablemente. 1. Se atribuye a la Consejería competente en materia de Hacienda, con carácter exclusivo, la competencia para contratar auditorías sobre cualquier órgano o entidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sus agencias administrativas, de régimen especial, públicas empresariales de las previstas en el artículo 2.c) y sobre los consorcios, así como para la contratación de la auditoría de las cuentas anuales sobre las agencias públicas empresariales del artículo 2.b) y sociedades mercantiles del sector público andaluz sometidas a control financiero permanente. c) El ejercicio de competencias normativas en relación con los tributos cedidos, con el alcance que establezca la legislación del Estado. Sin perjuicio de lo dispuesto en este artículo, tendrán la condición de ampliables aquellos créditos que, de modo taxativo y debidamente explicitados, determine la Ley del Presupuesto en cada ejercicio. BOE-A-2012-881. Se modifica el apartado 6.a) por la disposición final 1.5 de la Ley 1/2015. La aplicación de los tributos referidos en el apartado anterior corresponde a la Agencia Tributaria de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 181.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía. 2. 6. 2. Esta modificación entra en vigor el 1 de enero de 2020, según determina la disposición final 21 de la citada ley. 5. Los convenios que la Junta de Andalucía establezca con sus agencias públicas empresariales y las sociedades mercantiles del sector público andaluz o con otras empresas que no dependan de ella, pero que disfruten de avales de la misma, o reciban transferencias a cargo de su Presupuesto, incluirán en cualquier caso, las cláusulas siguientes: a) Hipótesis macroeconómicas y sectoriales que sirvan de base al convenio, indicando aquéllas cuya modificación pueda dar lugar a la cancelación del convenio. 1. Son gastos de tramitación anticipada aquellos cuyos expedientes se inicien en el año anterior a aquel ejercicio presupuestario en el que vaya a tener lugar su ejecución y contraprestación. Previamente a la aprobación de las normas reguladoras de la concesión de las subvenciones correspondientes al Plan de Cooperación Municipal, se dará traslado de las mismas al Consejo Andaluz de Gobiernos Locales, para que emita informe por el cauce y plazos establecidos en su reglamento de funcionamiento. BOE-A-2012-13126. BOE-A-2017-658. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. 1. Ref. 5. 12 de la Ley 11/2010, de 3 de diciembre. b) Los contratos de suministros, servicios y otros contratos, así como los encargos a medios propios personificados previstos en el artículo 53 bis de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cuando no puedan ser estipulados o resulten antieconómicos por plazo de un año. BOJA-b-2021-90341, Se modifica el apartado 2 por la disposición final 1.37 de la Ley 3/2019, de 22 de julio. Se modifica por la disposición final 1.14 de la Ley 10/2016, de 27 de diciembre. Además de los supuestos contemplados en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, tampoco podrán obtener la condición de personas o entidades beneficiarias de subvenciones quienes tengan deudas en periodo ejecutivo de cualquier otro ingreso de Derecho Público de la Junta de Andalucía, salvo que se trate de deudas aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida. Última actualización, publicada el 29/09/2021, en vigor a partir del 01/10/2021. Ref. c) Autorizar los gastos que no sean de la competencia del Consejo de Gobierno y elevar a la aprobación de este, por conducto de la persona titular de la Consejería, los que sean de su competencia. Modificación publicada el 31/12/2012, en vigor a partir del 01/01/2013. h) Recursos legalmente afectados a la realización de actuaciones determinadas. 4. Ref. Marco de la Administración Financiera del Sector Público) en el diario oficial El Peruano, el mismo … BOE-A-2017-658. El producto del endeudamiento de la Junta de Andalucía se ingresará en la Tesorería General y se aplicará al estado de ingresos del Presupuesto de la Junta de Andalucía, con excepción de las operaciones reguladas en el artículo 65 de esta Ley, que se contabilizarán como operaciones extrapresupuestarias. Ronald F. Clayton 4. En los casos en que se trate de contraer compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros se comprobará, además, si se cumple lo preceptuado en el artículo 40 de esta Ley. BOE-A-2014-592. b) Cuando se hubiera aprobado una ley por la que se establezcan obligaciones, cuyo cumplimiento exija la concesión de créditos extraordinarios o suplementos de crédito. Se añade por la disposición final 6.3 de la Ley 18/2011, de 23 de diciembre. El Decreto Legislativo tiene por objeto establecer normas básicas sobre la Administración Financiera del Sector Público para su gestión integrada y eficiente, de manera intersistémica, en un contexto de sostenibilidad y responsabilidad fiscal. Se añade el apartado 4 por el art. Ley 24/2007, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2008. La Consejería competente en materia de Hacienda podrá establecer directrices a los entes referidos en el artículo 52.2 para el ejercicio de sus funciones de ordenación de los pagos y ejercerá la supervisión de su cumplimiento con el objeto de garantizar las exigencias establecidas en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Se modifica por la disposición final 1.34 de la Ley 6/2019, de 19 de diciembre. Téngase en cuenta para su aplicación la disposición adicional 1 del citado decreto-ley. BOE-A-2017-4348. Planteada la discrepancia, la Intervención General emitirá un informe sobre la misma y, si el informe fuera desfavorable, el órgano concedente de la subvención, en el plazo de un mes, deberá optar por una de las siguientes alternativas: a) Aceptar el criterio de la Intervención General y continuar el procedimiento de reintegro. Ref. 34.3 de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre. Se modifica el apartado 4 por la disposición final 1.22 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-680. El Consejo de Gobierno aprobará cada año, a propuesta de la Consejería competente en materia de Hacienda, el marco presupuestario a medio plazo que servirá de referencia para la elaboración del Presupuesto anual. Ley 2/1990, de 2 de febrero, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1990. Corresponde a la persona titular de la Consejería competente en materia de hacienda: a) Concertar operaciones financieras que por su propia naturaleza no incrementen el volumen de endeudamiento, tales como permutas financieras, opciones, contratos sobre futuros y cualquier otra de cobertura de tipos de cambios o de interés sobre las operaciones de endeudamiento de la Junta de Andalucía. BOE-A-2019-12122. 3. Ref. WebNão incide a causa de aumento de pena do art 40, III, da LD se o crime foi praticado nas proximidades de escola fechada em razão da COVID-19 - Buscador Dizer o Direito La Hacienda de la Junta de Andalucía cumplirá sus obligaciones económicas y las de sus agencias administrativas, de régimen especial, y públicas empresariales referidas en el artículo 2.c), e instituciones mediante la gestión y aplicación de su haber, con respeto absoluto a los principios de legalidad y eficacia, conforme a la ordenación de lo que en materia de política económica y financiera sea de la competencia de la Comunidad Autónoma. Texto añadido, publicado el 29/12/2016, en vigor a partir del 01/01/2017. WebQue, los numerales 7.1 y 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que el titular de la entidad es responsable en materia presupuestaria y es la más alta autoridad ejecutiva; puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca … En relación con las sociedades mercantiles del sector público andaluz, fondos carentes de personalidad jurídica, fundaciones y otras entidades referidas en el artículo 5.3, la información contable que se integra en la Cuenta General estará constituida por las cuentas anuales presentadas conforme al Plan General de Contabilidad de aplicación. Mediante Decreto del Consejo de Gobierno se establecerá el procedimiento para la aplicación del mecanismo previsto en el presente artículo y se determinará la fecha de implantación. 6. Corresponderá a la Dirección General competente en materia de Tesorería la función de ejecución de las órdenes de retención dictadas por órganos judiciales o administrativos, en relación con derechos de cobro que los titulares ostenten frente a la Administración de la Junta de Andalucía, a sus agencias administrativas y de régimen especial, públicas empresariales comprendidas en el artículo 2.c) de esta Ley y consorcios. Ref. Téngase en cuenta que esta modificación entra en vigor el 1 de septiembre de 2020, según establece la disposición final 2 y véase en cuanto a su aplicación, la disposición transitoria 2 del citado del citado decreto-ley. Se añade el apartado 5 por la disposición final 2.6 de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre. BOE-A-2019-12122. Cuando las operaciones objeto de control se hayan materializado mediante la concesión de subvenciones y ayudas, y como resultado del control se detectara la existencia de una causa de reintegro de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el órgano de control comunicará esta circunstancia al órgano concedente de la subvención para que evalúe y, en su caso, exija el reintegro que corresponda, de acuerdo con el artículo 128 de la presente Ley. b) Que el importe total de las anualidades de amortización por capital e intereses, no exceda del 25 por ciento de los ingresos corrientes de la Comunidad Autónoma. Ref. Sin perjuicio de lo anterior, procederá realizar generaciones de créditos por ingresos afectados que no se encuentren efectivamente recaudados, cuya financiación lo sea por derechos reconocidos o compromisos de ingresos, siempre que quede documentalmente acreditada la previsión de los mismos, así como las condiciones y requisitos que se asuman en la gestión de los gastos e ingresos de la financiación afectada por parte del órgano gestor de los créditos.